El Boletín Oficial de Estado ha publicado el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, con el objetivo de reforzar la conciliación entre la vida personal y profesional. Esta normativa modifica diversas leyes laborales y de seguridad social para completar la transposición de la Directiva europea 2019/1158, centrada en mejorar los derechos de los progenitores y cuidadores.
Cambios principales
Una de las modificaciones más destacadas es la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de menores, que pasa de 16 a 19 semanas para cada progenitor, sin posibilidad de transferirse entre ellos. Además, dos de estas semanas podrán disfrutarse de forma flexible hasta que el niño o niña cumpla los ocho años.
En el caso de las familias monoparentales, el permiso se eleva a 32 semanas, de las cuales cuatro también podrán utilizarse más adelante, hasta que el menor cumpla los ocho años. Este derecho será aplicable a los nacimientos o adopciones ocurridos a partir del 2 de agosto de 2024.
Las dos semanas adicionales de permiso parental retribuido podrán ser utilizadas de forma adaptable, tanto en días sueltos como en jornadas parciales, en función de las necesidades de las familias.
Este decreto representa un avance en la legislación española al garantizar que el empleo remunerado no limite el derecho de las personas trabajadoras a cuidar ni interfiera en la decisión de tener hijos, promoviendo una sociedad más igualitaria en el reparto de responsabilidades familiares.
Adaptación a la normativa europea
Con la nueva medida, España cumple en su totalidad con lo exigido por la Directiva (UE) 2019/1158, especialmente en lo referido al permiso parental retribuido. Aun así, el Ejecutivo se compromete a aumentar este permiso hasta 20 semanas durante la actual legislatura.
Con esta ampliación a 19 semanas, España se sitúa por encima de las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y se alinea con los países europeos que ofrecen permisos de maternidad más prolongados y flexibles.
Cobertura económica garantizada
La Seguridad Social asumirá el coste del nuevo periodo de permiso, garantizando una sustitución del salario del 100% para ambos progenitores, lo que facilita el reparto equitativo de los cuidados. La alta participación de los hombres en el uso de este permiso en España, en comparación con otros países, evidencia el efecto positivo de esta medida.
Aplicación en el sector público
En el ámbito de la Administración Pública, el permiso retribuido por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento también se amplía a 19 semanas: 17 semanas por nacimiento o cuidado y 2 semanas por permiso parental. Además, se introduce una nueva regulación del permiso parental no retribuido, que tendrá una duración de ocho semanas.
También se contempla una ampliación de dos semanas adicionales cuando se trate de nacimientos o adopciones múltiples, o cuando exista discapacidad del menor, compartidas entre ambos progenitores.
Protección de las familias monoparentales
El texto presta especial atención a las familias monomarentales o monoparentales, ampliando el periodo de permiso por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento a 32 semanas, con el fin de garantizar una protección equivalente para todos los menores, independientemente del modelo familiar. De estas, cuatro semanas podrán disfrutarse de forma flexible hasta que el menor cumpla ocho años.
Este conjunto de medidas refuerza el compromiso del Gobierno con la igualdad, la protección de la infancia y la conciliación laboral, adaptando la legislación española a las necesidades actuales de las familias.
Pueden ponerse en contacto con el departamento de Laboral de esta Asesoría para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
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