La tramitación de una herencia
La pérdida de un ser querido es algo indescriptible para el que el ser humano nunca está programado ni menos preparado. En muchos casos sin poder dar el último beso y adiós a las personas que más quería. Un poco más pronto o un poco más tarde deberemos enfrentarnos a este shock emocional que además implica en esos dolorosos momentos para los herederos tener que realizar la tramitación de una herencia y sus pasos consiguientes. Éstos, de manera resumida serían :
La obtención del Certificado Literal de Defunción: qué es y donde se obtiene
Es un certificado que consta en un registro público de la muerte de una persona y tarda en tramitarse aproximadamente unos quince días. El estamento donde se inscribe es en el Registro Civil de la localidad correspondiente donde haya estado empadronado el fallecido/a. Para la inscripción en el Registro es necesario previo a ello la certificación emitida por la empresa funeraria encargada de gestionar el funeral. Es un certificado gratuito dentro de los honorarios cobrados por la funeraria.
Certificado de últimas voluntades:
Certificado que emite el Ministerio de Justicia y que acredita si el fallecido otorgó o no testamento, además de acreditar en que Notaría lo hizo así como la fecha exacta de la misma. Una persona a lo largo de su vida puede cambiar su testamento varias veces, pero el único que será válido es el último que conste y que queda reflejado en el Ministerio de Justicia.
Para la obtención de este certificado es necesario aportar el certificado obtenido anteriormente del registro Civil previo pago de una pequeña tasa. Podrás pedir cita online en Ministerio de Justicia o en la Gerencias Territoriales por provincias.

Testamento: la importancia de hacer testamento antes de fallecer
Hay personas que fallecen sin hacer testamento y otras no. Se suele otorgar en el caso de que el fallecido no quiera que se distribuya su patrimonio a partes iguales entre todos los herederos.
La posesión de un testamento o no, sólo retrasa la tramitación aproximadamente un mes el proceso.
En el caso de no haber hecho testamento se deberá ir al Notario con la siguiente documentación
- DNI del fallecido.
- Volante de empadronamiento del fallecido.
- Certificado literal de defunción.
- Libro de familia
- Certificado de acta de últimas voluntades.
- DNI de todos los herederos.
¿Cómo se tramita el Acta de Declaración de Herederos?
Se divide en dos partes: el acta de apertura y el acta de cierre
Será necesaria para otorgar este Acta, la asistencia de dos testigos que certifiquen la realidad de lo manifestado bien por todos los herederos o por uno sólo de ellos.
En la primera parte del acta de apertura, se indicará quienes son los herederos y no se designarán oficialmente hasta pasados 20 días hábiles desde su presentación. Pasados estos días ya se inicia el acta de cierre donde se da por válida la prueba documental testifical, siempre que en este período de 20 días no hayan aparecido herederos con un título o derecho mejor que los indicados en el acta primero.
La escritura de Adjudicación de Herencia: parte vital en este proceso
Es habitual encontrarnos situaciones en las que los herederos creen que el hecho de tener un testamento o un acta de declaración de herederos les faculta para poder vender su patrimonio. Deberás conocer que una cosa es la legitimación como herederos y otra cosa es que te faculte para venderlos, disponer de ellos o hipotecarlos.
Para poder vender el patrimonio es preciso realizar previamente la liquidación de los impuestos que gravan la sucesión para poder después inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad dándoles en este momento ya la facultad para poder disponer de ellos.
Bien es cierto, que los herederos podrán decidir si aceptar la herencia o no (dependiendo de las deudas que arrastre el fallecido) pero habitualmente no es el caso de no aceptarla.
Hay familias que no disponen de la tesorería suficiente para afrontar los costes de las liquidaciones de impuestos. Para los que en este caso, la Comunidad Autónoma facilitará mediante solicitud de documento privado la disposición de rescate de saldos en cuenta corriente del fallecido (de tenerlos). Así podrán liquidar los impuestos. Esta circunstancia deberá quedar reflejada en la Escritura de Adjudicación de Herencia por todos los herederos.
Impuesto sobre sucesiones y pago de plusvalía municipal
¿Cuándo hay que pagar impuesto de sucesiones?
¿Cuándo se debe tributar? En el caso de fallecimiento, tanto para bienes y derechos como en el caso de beneficiarios de seguros de vida, el impuesto se devenga en la fecha del mismo. El plazo para verificar el pago es de seis meses desde el fallecimiento pero podrá solicitarse prórroga por otros seis meses antes del quinto mes después del fallecimiento.
¿Qué valor asigno a mi herencia? Y ¿quién la decide?
Es de vital transcendencia este punto ya que para evitar inspecciones fiscales a futuro, se deberá valorar el patrimonio de forma independiente. Tantas valoraciones como inmuebles o fincas se desprendan de la misma herencia. Cada valor lo marca la Comunidad Autónoma competente, concretamente la Consejería de Hacienda.
¿Afecta al pago de la plusvalía municipal?
El pago de la plusvalía municipal, se efectuará sólo para el caso de inmuebles de naturaleza urbana, ya que las fincas rústicas están exentas del pago de plusvalía municipal.
Se deberá pagar desde la fecha que el fallecido haya tenido el inmueble a su nombre hasta el momento del fallecimiento, obviamente, a más periodo de tenencia del inmueble mayor es el impuesto. El período no podrá superar nunca los 20 años. El tiempo que supere esos 20 años quedará exento del pago de este impuesto.
Inscripción en el Registro de la Propiedad: este acto dará fin al proceso
Llegados a este punto, ya nos encontramos en el último paso para tener los bienes de la herencia a nuestra disposición.
La inscripción registral es un acto voluntario y que como profesional aconsejo que se realice ya que evita posibles embargos a titulares anteriores y evita algún disgusto gordo.
Facilitará la venta a futuro frente a un tercero, máxime si el interesado en el inmueble precisa de contratar un préstamo hipotecario.
En circunstancias tales como fallecimientos cercanos y debido al desconocimiento de estos trámites, aconsejamos contar con la ayuda de un asesoramiento que sepa los pasos a dar para que la tramitación de la herencia sea rápida, dentro de los tiempos establecidos, y lo más sencilla posible para los herederos.