Ayudas de «MINIMIS» para el sector ganadero de ovino / caprino con dificultades de comercialización debidas al estado de alarma
Las explotaciones ovinas y caprinas que han tenido en este año 2020 dificultades para la comercialización de sus corderos o cabritos por el cierre del canal HORECA a consecuencia de la declaración del Estado de Alarma por la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, vieron publicadas en el Real Decreto 508/2020, de 20 de mayo, las bases reguladoras para la concesión de subvenciones financiadas por la Administración General del Estado, con el objeto de ayudarles a paliar en parte las pérdidas soportadas.
El 12 de agosto de 2020, se ha publicado en el BOA la Orden AGM/766/2020 que tiene por único objetivo establecer las medidas complementarias relativas a la tramitación y gestión de estas ayudas nacionales, no suponiendo ningún aumento de la cuantía de subvención disponible proveniente de financiación autonómica.
Concesión de las ayudas de «MINIMIS»
Estas subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva de conformidad con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como con los principios de eficacia y eficiencia. Para ello la Administración han establecido los criterios objetivos para puntuar y ordenar por prioridades las solicitudes admisibles, teniendo en cuenta que, en todo caso, tendrán prioridad las personas solicitantes que tengan la condición de jóvenes agricultores de acuerdo con el artículo 25.b) del Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, o entes sin personalidad jurídica, que hayan presentado en 2020 dentro del plazo establecido la solicitud conjunta de ayudas de la Política Agrícola Común y que además cumplan con una serie de requisitos. Concretamente para ser beneficiarios deberán ser titulares de explotaciones de ovino con más de 50 hembras reproductoras y/o de explotaciones de caprino con más de 30 hembras reproductoras.
Las ayudas de «MINIMIS» en función del número de ovejas y cabras elegibles, determinado por la Dirección General de Producción Agraria, con un máximo de 100 animales por beneficiario. Este máximo de 100 animales se aplicará de manera independiente al ovino y al caprino.
La cuantía total máxima estimada para esta subvención será de 924.281 euros. El importe unitario máximo es de 7 euros por oveja y/o cabra elegible. En caso de que el importe de las solicitudes admisibles supere los fondos presupuestarios, el número de personas beneficiarias y el importe a percibir se ajustará, conforme a un informe de valoración, hasta agotar la cuantía global indicada.
La solicitud de la ayuda se entenderá realizada por quienes hayan presentado la “Solicitud Conjunta” de ayudas PAC 2020, para las modalidades “Ayuda Asociada para las explotaciones de ovino”, “Ayuda Asociada para las explotaciones de caprino” y “Ayuda Asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico”.
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