El Gobierno de España, mediante Real Decreto–Ley 8/2019, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, ha flexibilizado el acceso a este subsidio, estableciendo como requisito principal para poder acceder al mismo tener cumplidos 52 años y no los 55 que estaban vigentes con anterioridad a su entrada en vigor.
Con la nueva regulación del subsidio, cuya modificación entró en vigor el 13 de marzo de 2019, se implementa una ayuda de 430,27 euros que la persona en desempleo, previo cumplimiento de una serie de requisitos recibirá mensualmente hasta llegar a la edad de jubilación, si antes no consigue efectivamente un empleo y ello, siempre y cuando no obtenga individualmente rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional en vigor.
Los requisitos fundamentales que el desempleado debe cumplir para acceder al mencionado subsidio son:
- Tener 52 años o más y encontrase en situación de desempleo e inscrito ininterrumpidamente como demandante de empleo durante un mes desde el agotamiento de su prestación o subsidio.
- No haber rechazado ninguna oferta de colocación adecuada ni haberse negado a recibir formación profesional.
- Haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social y como mínimo 6 años por desempleo a lo largo de su vida laboral.
- Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluido la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. Por tanto, no puede ingresar mas de 675 €/mes.
- Las cotizaciones efectuadas en países pertenecientes al Espacio Económico Europeo o con los que exista convenio al respecto se tendrán en cuenta para su cómputo.
En cuanto a la cotización en esta situación, con la modificación del texto legal la entidad gestora del subsidio ingresará las correspondientes cotizaciones por jubilación. El importe de la ayuda será de 430,27 €/mes sin aplicación de porcentaje minorador alguno y ello hasta que se llegue a la edad ordinaria de jubilación.
En la Comunidad Autónoma de Aragón, se estima que unas 7000 personas se podrán beneficiar de este cambio legislativo por lo que, si necesitas asesoramiento sobre tu situación y del cumplimiento de los requisitos para el acceso a esta ayuda, no dudes en ponerte en contacto con Asesoría Morlan en el número de teléfono 974226400 y gustosamente te atenderemos.