En Asesoría Morlán tenemos un departamento especializado en asesorar y acompañar legalmente a las personas en todo los aspectos relacionados con su proceso de inserción en temas de extranjería. Igualmente asesoramos a empresas que cuentan en su plantilla con personas extranjeras. Queremos que todo ciudadano conozca sus derechos y deberes, para obtener así la mejor asistencia y asesoría posibles.
Velamos por el cumplimiento de todos los requisitos y procedimientos establecidos legalmente, en aras de conseguir la conclusión satisfactoria de los expedientes, así como mantener sus autorizaciones de estancia o residencia y las de sus familiares.
Según la normativa española, y a efectos de aplicación de la Ley Orgánica 4/2000 de sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, se considera extranjero a toda persona que carezca de la nacionalidad española. Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, de los restantes Estados parte del Espacio Económico Europeo, como son Noruega, Islandia y Liechtenstein y los nacionales de la Confederación Suiza, se rigen por el régimen comunitario y la citada Ley Orgánica, en aquello que les sean más favorable.
El derecho de extranjería es transversal. Está íntimamente relacionado con el derecho laboral y de familia. Veremos a continuación algunos de los principales trámites más habituales.
Trámites de extranjería de ciudadanos comunitarios
Los ciudadanos comunitarios que vayan a residir en España más de tres meses, deben solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Así mismo pueden solicitar la Tarjeta de Residencia de Familiar Comunitario, con el fin de reagrupar a familiares no comunitarios.
Trámites de extranjería de ciudadanos no comunitarios
Solicitud y tramitación de permisos excepcionales por arraigo
Trámite fundamental para muchos extranjeros al conseguir regularizar su situación legal en territorio español por circunstancias excepcionales, obteniendo una autorización de residencia temporal y trabajo por razones de arraigo. Se deben cumplir una serie de requisitos en función del tipo de arraigo que se solicite social, familiar o laboral.
Expedientes de residencia por reagrupación familiar
Todos los extranjeros con autorización de residencia y trabajo tienen derecho a reunir a sus familiares en España. Los familiares reagrupables son el cónyuge o pareja de hecho, los hijos y los ascendientes del reagrupante o de su cónyuge cuando estén a su cargo de éste.
En el caso de personas con residencia legal en España e hijos menores al cargo, viviendo con ellos en situación irregular, el trámite para solicitar su autorización de residencia sería el de Hijos de padre o madre con residencia legal. El solicitante deberá cumplir ciertos requisitos en cada caso.
Obtención de autorizaciones de estancia o residencia iniciales, así como sus sucesivas renovaciones y modificaciones. Trámites para obtener la nacionalidad española en cualquiera de los supuestos previstos en la Ley.
Solicitudes de residencia para desarrollar una actividad empresarial o para trabajar por cuenta ajena
Renovación de autorizaciones de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Debe solicitarse en los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización. Plazo que se prorroga con la presentación de la solicitud hasta que haya resolución.
Modificaciones en las autorizaciones. La legislación permite realizar distintas modificaciones y por consiguiente los requisitos varían según el tipo de solicitud.
Denegación de tarjetas de estudiantes, solicitudes de visados de estudiante o turista, así como cualquier trámite que puedan necesitar por temas de matrimonio o pareja de hecho, Legalizaciones y Apostillas, cancelación de antecedentes penales y policiales, etcétera.
La casuística en este campo es muy amplia y los requisitos son específicos para cada tipo de tramitación. En el Departamento de Extranjería de Asesoría Morlán, os guiaremos en cada uno de los pasos a seguir. Disponemos de una trayectoria reconocida en el sector, a la que se suma nuestra atención personalizada y especial mirada hacia los colectivos más vulnerables, como es el caso de la inmigración. Llámanos al 974 226 400.